Este tipo de informe se emite para dar cumplimiento a la Ley de Sociedades de Capital, y tiene por objeto expresar una opinión profesional sobre si los créditos a compensar en una ampliación de capital dada cumplen con los fines previstos, en cuanto concurran los porcentajes de liquidez mínimos establecidos por ley y el resto de circunstancias recogidos en el Reglamento del Registro Mercantil al respecto.